En los últimos meses se produjeron algunos hechos que pusieron en duda las incumbencias de los arquitectos y que obligan al CPAU a realizar  acciones  a fin de ratificar los alcances del título de arquitecto establecidos por la Resolución Ministerial N° 498/06.

 

Por un lado la Disposición N° 5363/DGDYPC/10 (Dirección General de Defensa y  Protección del Consumidor) ha omitido a los arquitectos  como profesionales habilitados para otorgar la certificación de Edificio Seguro.

Ello motivó el envío de dos notas al Director General de la citada repartición en las que se reclama la inclusión de los arquitectos para efectuar dicha tarea.

El tema también fue llevado para su tratamiento a la Junta Central de los Consejos

Profesionales de  Agrimensura, Arquitectura e Ingeniería, Entidad que ha apoyado  el pedido de este Consejo. A la fecha se sigue trabajando en el tema y se  está a la espera de  lograr el reconocimiento de los arquitectos para la certificación de Edificio Seguro.

 

Asimismo la Dirección Nacional de Gestión Universitaria del Ministerio de Educación,  se expidió en una nota en forma confusa sobre las incumbencias de los arquitectos para tareas  tales como el proyecto, dirección y ejecución de obras eléctricas y   de transporte de fluidos. Mediante sendas notas enviadas a la Dirección mencionada y a la Secretaría de Políticas Universitarias el Consejo solicitó la aclaración de ese escrito.Si bien fue recibida una contestación  explicativa del tema, el Consejo mantuvo una reunión con el Secretario de Politicas Universitarias, Dr. Alberto Dibbern, en la que ratificó las incumbencias de los arquitectos en el proyecto, dirección y ejecución de obras eléctricas y de transporte de fluidos. El CPAU continuará con todas las acciones necesarias para confirmar y mantener los alcances del título de arquitecto definidos en la Resolución N°498/06 del Ministerio de Educación.

 

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