El programa «Mi Galpón» otorga préstamos de hasta 1,5 millones destinados a la compra o construcción de galpones industriales. Los créditos pueden pautarse en hasta 5 años de plazo y cuentan con la tasas bonificada por el Ministerio de Industria
Con el objetivo de impulsar el desarrollo de las MIPyMES de todo el territorio nacional, mediante el acceso a la unidad productiva propia, el Ministerio de Industria, a través de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional bonifica parte de la tasa de interés de créditos otorgados por la línea “Financiamiento de Inversiones de Actividades para la MIPyME- Reg. Nº 400/23” del Banco de la Nación Argentina.
Usuarios: Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, bajo cualquier forma societaria o unipersonal, pertenecientes a los siguientes sectores económicos: industriales, comerciales, de construcción y de servicios destinados al mercado interno o a la exportación.
Destino: Construcción o adquisición de galpones para uso industrial.
Monto del crédito: Hasta $1.500.000.
Plazo: El plazo en el cual se aplicará la bonificación de tasa no podrá exceder los 5 años. A partir del sexto año, y hasta el decimoquinto, se aplicará la tasa de la Reglamentación Nº 400/23.
Tasa de interés: hasta 15% con bonificaciones según tamaño y región
Las empresas deberán contar con una DECLARACIÓN DE ELEGIBILIDAD emitida por SEPYME para acceder al beneficio de la bonificación.
Período de Gracia: Hasta 6 meses, incluidos en el plazo de la operación.
Garantías: hipotecarias o avales de Sociedades de Garantías Reciprocas (S.G.R)
Usuarios
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, bajo cualquier forma societaria o unipersonal, pertenecientes a los siguientes sectores económicos: industriales, comerciales, de construcción y de servicios destinados al mercado interno o a la exportación.
Destino
Construcción o adquisición de galpones para uso industrial.
Monto del crédito
Hasta $1.500.000.
Plazo
El plazo en el cual se aplicará la bonificación de tasa no podrá exceder los 5 años. A partir del sexto año, y hasta el decimoquinto, se aplicará la tasa de la Reglamentación Nº 400/23.
Tasa de interés
Las empresas deberán contar con una DECLARACIÓN DE ELEGIBILIDAD emitida por SEPYME para acceder al beneficio de la bonificación.
Se consideran Micro o Pequeñas empresas aquellas cuya facturación promedio de los últimos tres años no supere los siguientes montos
Período de Gracia:
Hasta 6 meses, incluidos en el plazo de la operación.
Garantías
Garantías hipotecarias o avales de Sociedades de Garantías Reciprocas (S.G.R)
Gestión para la obtención de la Declaración de elegibilidad
La empresa interesada debe completar sus datos y el Formulario de Proyecto disponible, ingresando al sistema informático. Una vez registrados los datos de la empresa y completado el Formulario debe enviarlo desde el mismo sistema a la SEPYME para su preevaluación.
En caso que la empresa sea notificada, mediante correo electrónico, en el cual se indica que aplica para continuar con la gestión de la Declaración de Elegibilidad, deberá presentar la documentación respaldatoria accesible a continuación en un plazo de hasta 20 días hábiles contados desde la fecha de recepción de la notificación, ante la Dirección Nacional de Asistencia Financiera de la Subsecretaría de Promoción al Financiamiento de la PYME, sita en Av. Pase Colon 189, 5º piso oficina 509, a los fines de poder analizar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
Requisitos y esquema de presentación de la documentación
Descarga de documentación
DECLARACIÓN DE ELEGIBILIDAD:
La SEPYME realizará la evaluación de la solicitud y la documentación presentada a efectos de emitir la elegibilidad o rechazar en forma definitiva la solicitud presentada.
La elegibilidad será notificada al BANCO DE LA NACION ARGENTINA y al empresario solicitante a los efectos de que solicite el financiamiento en el marco del programa.
Más información:
Fuentes: