Deberá incluir el número de registro en el IERIC
A partir del 13 diciembre del año pasado, entró en vigencia la modificación del código de edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se dispuso la obligatoriedad de incluir el número de registro ante el IERIC
En particular, lo que se modificó fue la sección 5, artículo 5.1.2.1. del código de edificación, que declara la obligación de colocar un letrero al frente de una obra con una serie de leyendas a las que ahora se suma el número de registro ante el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC).
De esta manera, el letrero deberá contener el nombre, título, matrícula y domicilio de los profesionales y empresas, éstas con sus respectivos representantes técnicos, que intervengan con su firma en el expediente de permiso y número de registro otorgado por el IERIC.
«Además constarán el número de expediente de obra, la fecha de concesión del permiso y las normas de tejido aplicables al predio de la obra, línea de frente interno, FOS, FOT y balance de superficie constando la superficie total del terreno, la superficie total construida, la superficie computada a los efectos de la aplicación del FOT, la dirección de la obra y el o los destinos de la misma en relación del Cuadro de Usos» especifica el artículo 5.1.2.1
Para más información sobre de este tema puede ingresar al sitio del IERIC