La Comisión Nacional de Valores estableció el primer régimen regulado para la tokenización de activos del mundo real en la Argentina.

El 12 de junio de 2025 marcó un punto de inflexión para el mercado de capitales argentino. La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General 1069/2025, estableciendo el primer régimen regulado para la tokenización de activos del mundo real. Por primera vez, se habilita legalmente la representación digital de ciertos instrumentos financieros mediante tecnologías de registro distribuido (TRD), como blockchain.

La iniciativa, que funcionará bajo un sandbox regulatorio por un año, busca explorar los beneficios de esta tecnología en un entorno controlado. El objetivo es claro: modernizar el sistema financiero argentino, sin perder la seguridad jurídica que exige el marco regulatorio local. Detrás de esta resolución hay un largo trabajo conjunto entre el sector público y privado. La Cámara Argentina de Fintech jugó un rol clave en el impulso y diseño de este marco, articulando el diálogo entre la CNV y empresas especializadas de tokenización como R3al Blocks.

 

¿Se pueden tokenizar inmuebles directamente?

No exactamente. La nueva normativa no permite emitir tokens sobre una propiedad en sí, sino sobre instrumentos financieros regulados, cuyo activo subyacente sean inmuebles.

En esta primera etapa, la CNV autoriza la tokenización de:

● Certificados de participación en fideicomisos financieros con oferta pública, donde el fideicomiso tenga como patrimonio, inmuebles u otros activos del mundo real no negociados en mercados habilitados.

 

● Cuotapartes de fondos comunes de inversión cerrados, cuyo patrimonio también esté compuesto mayormente por inmuebles.

Esto significa que para tokenizar un inmueble, primero hay que estructurarlo legalmente dentro de un fideicomiso o un fondo cerrado, instrumentos que ya están regulados y aprobados por la CNV. Solo así se puede emitir una representación digital (token) de ese derecho.

Ya operan en el país, plataformas registradas como Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) ante la CNV, como R3al Blocks, Mi Activo, Landtoken o Win Investment, entre otros; que tokenizan activos del mundo real mediante estructuras legales reguladas, como fideicomisos financieros, y permiten a los inversores acceder con poco capital.

 

Cómo funciona en la práctica

Un desarrollador inmobiliario que quiere tokenizar un proyecto deberá:

1. Estructurar un fideicomiso financiero con oferta pública, donde el activo sea el terreno, la construcción y el flujo de ventas o alquileres.

 

2. Emitir certificados de participación sobre ese fideicomiso.

 

3. Depositar esos certificados en el Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN), el organismo oficial que registra los valores tradicionales.

 

4. A través de un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) registrado ante la CNV, emitir los tokens equivalentes, que serán comercializados en una plataforma digital.

 

Esos tokens no son simples contratos privados: tienen respaldo jurídico, trazabilidad y custodia profesional. La CNV exige que el inversor tenga acceso a información clara, que el PSAV garantice la separación patrimonial de los activos y que la tecnología utilizada cumpla estándares estrictos de seguridad y verificabilidad.

 

¿Una revolución o un primer paso?

La resolución representa, sin dudas, un paso histórico para el mercado argentino. Por primera vez, la CNV reconoce la tokenización como una herramienta válida dentro del mercado de capitales, siempre y cuando se ajuste a estructuras ya existentes.

Desde el sector privado, fintechs, desarrolladoras y estudios jurídicos especializados, ven esto como una señal clara: la tecnología blockchain puede integrarse al sistema financiero tradicional sin desbordarlo.

Pero también reconocen que el camino recién empieza. La normativa es limitada: funciona bajo un sandbox de un año, solo aplica a ciertos instrumentos y deja afuera la posibilidad de innovaciones más abiertas, como tokens peer-to-peer, propiedad digital o integración con protocolos internacionales.

 

El panorama internacional: un camino que ya empezó en otros países

Mientras Argentina da sus primeros pasos con un régimen regulado, otros países ya avanzaron significativamente en la regulación y adopción de la tokenización de activos del mundo real. Suiza y Liechtenstein lideran en Europa, ofreciendo marcos legales específicos que permiten tokenizar directamente activos como bienes raíces, bajo estructuras claras y seguras. En la Unión Europea, el nuevo reglamento MiCA (Markets in Crypto-Assets), aprobado en 2023, establece un marco común para los criptoactivos, incluyendo aquellos respaldados por activos reales, y sienta las bases para una integración gradual de estos instrumentos en los mercados financieros tradicionales.

En Estados Unidos, la SEC aprobó ofertas de tokens de seguridad (STO) bajo ciertas condiciones, y existen mercados secundarios habilitados para operar estos activos. Emiratos Árabes Unidos, a través del regulador ADGM, también implementó normativas que facilitan la emisión de tokens respaldados por activos reales. En Latinoamérica, Brasil se destaca con iniciativas impulsadas por el Banco Central y la CVM, que permiten experimentar con la tokenización dentro de entornos controlados.

Este contexto global muestra que la tendencia hacia la digitalización de activos es irreversible, y que Argentina, con esta resolución, comienza a alinearse con estándares internacionales que buscan modernizar el acceso a la inversión sin sacrificar la transparencia ni la seguridad jurídica.