{"id":21637,"date":"2015-10-06T11:01:32","date_gmt":"2015-10-06T14:01:32","guid":{"rendered":"http:\/\/servicioinformativodelaconstruccion.com\/?p=21637"},"modified":"2015-10-13T12:05:13","modified_gmt":"2015-10-13T15:05:13","slug":"analisis-de-la-actual-vigencia-de-ley-14701-una-provincia-sin-ley","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sicdigital.com.ar\/sic\/analisis-de-la-actual-vigencia-de-ley-14701-una-provincia-sin-ley\/","title":{"rendered":"An\u00e1lisis de la actual vigencia de LEY 14701: \u00bfUna provincia sin ley?"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/servicioinformativodelaconstruccion.com\/wp-content\/uploads\/2015\/10\/ley.jpg\"><img decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-21638 alignleft\" src=\"http:\/\/servicioinformativodelaconstruccion.com\/wp-content\/uploads\/2015\/10\/ley.jpg\" alt=\"ley\" \/><\/a>\u00bfCu\u00e1nto tiempo se esper\u00f3 la promulgaci\u00f3n de esta ley? \u00bfCu\u00e1ntas veces se dijo que era necesaria al igual que la existente en CABA? Mucho tiempo,\u00a0muchas veces y ahora, que ya es oficial su entrada en vigencia me pregunto: \u00bfahora qu\u00e9?<\/p>\n<p>Para quienes viven en Provincia de Buenos Aires, ya sea propietarios o profesionales del derecho, y esperaban que esta ley pueda dar un alivio a la problem\u00e1tica existente cruzando la General Paz, su reglamentaci\u00f3n lamentablemente no llega. \u00bfPor qu\u00e9?<\/p>\n<p>Muy simple:\u00a0el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires y actual candidato para Presidente de la Naci\u00f3n est\u00e1 ocupad\u00edsimo\u00a0haciendo campa\u00f1a, inaugurando obras, hablando de todas las mejoras que seguir\u00e1 haciendo si es electo, pero parece olvidarse que, a pesar de que \u00c9L est\u00e1 \u00abvendi\u00e9ndose\u00bb, hay millones de personas que viven en Edificios que siguen esperando que exista fisicamente\u00a0un Registro de Administradores donde ir para hacer las denuncias. \u00bfY,\u00a0qu\u00e9 importancia tiene esto?<\/p>\n<p>La realidad dice que el mundo sigue girando a pesar de que estamos en un a\u00f1o de elecciones. Las personas siguen yendo a sus trabajos, siguen intentando llegar a fin de mes y hasta contin\u00faan soportando que un Administrador incompetente haga lo que se le ocurra porque herramientas legales para ponerlo un freno existen, pero requieren una gran burocracia\u00a0y tiempo\u00a0que no le sobra a nadie.<\/p>\n<p>Mucho se ha dicho sobre si esta ley, al no estar reglamentada, tiene validez o no, eficacia o no, se puede exigir o no y en este punto quiero dar mi fundamentaci\u00f3n:<\/p>\n<p>Las leyes, lamentablemente, no son m\u00e1gicas:\u00a0no nos dan la receta para que las cosas salgan bien, sino que son un mero instrumento, como cualquier utensillo de cocina b\u00e1sicamente sirve, en la medida que su funci\u00f3n pueda ser cumplida, que no est\u00e9 roto o que tenga todas sus partes intactas.<\/p>\n<p>A las normas, les pasa algo parecido: el proceso mediante el cual se logra la sanci\u00f3n y promulgaci\u00f3n de una ley va unido a su reglamentaci\u00f3n, ya que de lo contrario, hay partes que no se van a poder hacer valer, exigir, y en este caso les pregunto \u00bfd\u00f3nde est\u00e1 el Registro? \u00a1No est\u00e1 claro.y con eso, tenemos un problema!<\/p>\n<p>Colegas han dicho que si bien el Registro no existe, la ley se aplica igual porque establece obligaciones que se deben cumplir y por eso las podemos exigir. Estoy de acuerdo. Esta ley establece obligaciones a los administradores que se deben cumplir, al igual que la ley 941\/02 y sus modificaciones en CABA, pero si no se cumplen&#8230;.\u00bfqu\u00e9 hacemos?<\/p>\n<p>Algunos dir\u00e1n que hay\u00a0otras v\u00edas judiciales\u00a0para poder reclamar los da\u00f1os y perjuicios ocasionados, que no es cierto que no existe\u00a0una forma de\u00a0llenar el vac\u00edo actual por la falta de reglamentaci\u00f3n, pero:\u00a0\u00bfa qu\u00e9 costo? Abogados\u00a0que no son baratos realmente y que entiendan en este tema, adem\u00e1s, hay pocos,\u00a0todo para exigir algo que deber\u00eda estar al alcance de todos con una denuncia\u00a0en el lugar que corresponda seg\u00fan lo estableci\u00f3 la ley creada para regular dicha actividad. Pero no es as\u00ed&#8230;\u00bfverdad?<\/p>\n<p>Leyendo los FUNDAMENTOS de esta ley, me encontr\u00e9 con un an\u00e1lisis donde dice que la situaci\u00f3n actual de miles de vecinos consorcistas es nefasta: son rehenes\u00a0de una empresa constructora que redacta los Reglamentos de Copropiedad y Administraci\u00f3n con el fin de mantener a perpetuidad el control sobre el inmueble que construyen, impidiendo a los adquirentes tomar las riendas e invirtiendo la relaci\u00f3n mandatario-mandante que es la base de este r\u00e9gimen. \u00bfSuena conocido?<\/p>\n<p>A esto se le suma que en muchos lugares de la Provincia de Buenos Aires, en especial aquellos que son tur\u00edsticos, la posibilidad de generar abusos por quienes tienen el control de la Administraci\u00f3n es mayor, convocando Asambleas cuando no hay mayor\u00edas elevadas y ni siquiera notificando a los propietarios de las mismas.<\/p>\n<p>Por consiguiente, \u00bfcu\u00e1l es la situaci\u00f3n actual en base a esta ley? Si bien, dijimos, est\u00e1 promulgada y publicada en el B.O (Bolet\u00edn Oficial), en vigencia, al d\u00eda de la fecha, su exigibilidad\u00a0es relativa por los motivos que expuse. Tomemos un ejemplo:<\/p>\n<p>Tenemos en nuestro Consorcio un Administrador que incumple la obligaci\u00f3n del art\u00edculo 8 inciso B de la ley que dice:<\/p>\n<p>Ejecutar fielmente las decisiones adoptadas por la Asamblea de copropietarios<\/p>\n<p>Supongamos, que en ese caso, la Asamblea le orden\u00f3 buscar 3 presupuestos, para efectuar un arreglo importante, y posteriormente, someterlos a aprobaci\u00f3n del Consejo de Administraci\u00f3n, por ejemplo. El Administrador los busc\u00f3 y los aprob\u00f3 unilaterlamente. La gente se encuentra, un d\u00eda, con personas que ingresan al Consorcio para hacer un \u00abtrabajo\u00bb que fue aprobado por el Sr XX.<\/p>\n<p>Tenemos, entonces, una clara violaci\u00f3n\u00a0a la normativa vigente\u00a0(porque lo est\u00e1) pero el problema que se nos presenta es: \u00bfd\u00f3nde hacemos la denuncia? Pero&#8230;.y seguimos suponiendo ac\u00e1&#8230;..que el Administrador firm\u00f3 un contrato con esta empresa como representante legal para realizar la obra, y el Consorcio no quiere que la hagan, pero el contrato ya est\u00e1 firmado y es LEY para las partes \u00bfotro problema m\u00e1s? Y adem\u00e1s&#8230;.como justificaci\u00f3n de su actuar puede decir que el trabajo era importante\u00a0y que reunirse implicar\u00eda retrasar su ejecuci\u00f3n y que su obrar no fue malicioso, es decir, con la intenci\u00f3n de generar un perjuicio a su mandante&#8230;.pero lo hizo&#8230;.en definitiva&#8230;.ya que la soluci\u00f3n ac\u00e1 es continuarlo\u00a0o afrontar todos los gastos que significar\u00edan parar la obra y rescindir el contrato.<\/p>\n<p>M\u00e1s all\u00e1 de la acci\u00f3n por da\u00f1os y perjuicios que se le pueda hacer a este Administrador, su remoci\u00f3n y etc etc etc&#8230;.\u00bfno es m\u00e1s \u00e1gil la creaci\u00f3n del registro que orden\u00f3 la norma para tomar las denuncias y establecer las sanciones correspondientes?<\/p>\n<p>En CABA, el Registro est\u00e1 (f\u00edsicamente hablando) pero recibo muchas quejas de propietarios diciendo que no funciona como corresponde, como antes y que las denuncias quedan \u00abencajonadas\u00bb debido a la falta de personal id\u00f3neo\u00a0que las impulse adelante.<\/p>\n<p>\u00bfSer\u00e1 ese el destino de PROVINCIA DE BUENOS AIRES? Esperar a su creaci\u00f3n y que con el tiempo quede todo mal administrado para volver a una realidad que rigi\u00f3 tantos a\u00f1os y que ni siquiera la ley 13512 pudo subsanar:\u00a0\u00bfuna provincia sin ley?<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Asesor\u00f3 la Dra. Orueta Cossi, Mar\u00eda de las Mercedes<br \/>\nM\u00e1s info en asesoramientoconsorcios@yahoo.com.ar \u2013 Tel: 49314450\/1565708018 \u2013 www.asesoramientoconsorcios.blogspot.com.ar \u2013 Facebook: asesoramientojuridicoconsorciosypropietarios \u2013 Twitter: @AsesorConsorcio<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfCu\u00e1nto tiempo se esper\u00f3 la promulgaci\u00f3n de esta ley? \u00bfCu\u00e1ntas veces se dijo que era necesaria al igual que la existente en CABA? Mucho tiempo,\u00a0muchas veces y ahora, que ya es oficial su entrada en vigencia me pregunto: \u00bfahora qu\u00e9? 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